Los problemas de la sanidad
pública y el largo periodo de movilizaciones del personal sanitario en Madrid y
otros lugares de España, me han llevado a interesarme por los inicios del
seguro de enfermedad en España y he encontrado un par de tomos, publicados por
el Instituto Nacional de Previsión, de la conferencia nacional, celebrada en
Barcelona en noviembre de 1922 sobre los Seguros de Enfermedad, Invalidez y
Maternidad, con sus ponencias, actas de la sesiones y conclusiones.
Hoy podemos adivinar tras las
consignas de defensa de la sanidad pública la existencia de muchos intereses
corporativos, políticos y económicos, pero en la conferencia del año 1922, los
intereses que se sintieron afectados se defendieron abiertamente.
Aquella Conferencia planteó la creación de tales seguros como obligatorios,
ya que las necesidades sanitarias eran atendidas por la Beneficencia pública a
cargo de Ayuntamientos y Diputaciones para la gente más pobre, por las
Sociedades de socorros mutuos para colectivos capaces de asociarse y abonar las
cuotas correspondientes y el Seguro mercantil contra los riesgos de la
enfermedad y la invalidez de contratación libre.
Una de las ponencias planteaba utilizar los
servicios y fondos de la Beneficencia pública sanitaria para los nuevos seguros
obligatorios ya que buena parte de sus
beneficiarios quedaría encuadrada en ellos, por lo que sufriría una radical
transformación. Uno de los asistentes expuso la inquietud sobre la situación
futura de los médicos titulares cuando los nuevos organismos del seguro pasaran
a prestar el servicio..
Las Sociedades de socorros
mutuos aprovecharon la Conferencia para proponer un anteproyecto de ley que regule y condicione su funcionamiento y
facilite su fomento y desarrollo y ya que el Estado había decidido
implantar estos seguros sociales, manifiesta que es esencial para su mayor
eficacia, que su administración les fuera confiada, pues estas Sociedades
serían el más eficaz organismo de enlace entre el Estado y el obrero en la
gestión de los subsidios en el seguro de enfermedad y dejando a las Cajas
Provinciales el cuidado de los demás riesgos a cubrir.
El Circulo de Aseguradores de
Barcelona comenzó el tema de su ponencia reclamando su derecho a intervenir en
la Conferencia por estar interesados en los seguros que se debaten, en los
cuales actúan en el libre ejercicio de una actividad económica, pues si se dice
que como en los seguros a implantar no se busca el lucro debe descartarse su
presencia, lo estima un craso error, pues con las mismas primas de las mutuas,
vienen practicando el seguro, triplicando el número de sus asegurados. En sus
conclusiones hace depender el buen éxito de la nueva Ley de establecerlo de
acuerdo con las entidades aseguradoras que en una u otra forma ya lo practican,
asegurando el derecho a elegir.
Claramente se defendían
distintos intereses: los de los médicos de la beneficencia, los de las
Sociedades de socorros mutuos y los de las compañías de seguros mercantiles. La
Federación de Colegios Médicos de España también intervino en una de la
sesiones con varias consideraciones como implantar el seguro con carácter
obligatorio para las clases necesitadas y voluntario para las pudientes,
libertad absoluta en la elección de médico y participación directa de los
Colegios en todos los aspectos profesionales.
Nada se hizo hasta veinte años
después de la Conferencia. El Seguro Obligatorio de Enfermedad nació en 14 de
diciembre de 1942 y ampliado, universalizado y transferido, no ha dejado de
existir.
Francisco Rodríguez Barragán
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